No, los proyectos con integración social son únicamente para primera vivienda, los departamentos no pueden ser arrendados ni vendidos en un plazo mínimo de 10 años.
En Chile, las garantías inmobiliarias están establecidas en la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC). Estas garantías son:
Toda comunidad se rige por el reglamento de copropiedad. Ese reglamento fue celebrado por escritura pública y se encuentra registrado en la Notaría correspondiente.
En el Manual del propietario están debidamente detallados, sugerimos seguir los consejos en rigurosidad.